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Obligatoriedad en la vacuna contra el COVID-19

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Según las palabras de la Ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, la vacuna para inmunizar a las personas contra el coronavirus entraría dentro del calendario de vacunación en la Argentina, y el Gobierno habilitaría únicamente la aplicación de las vacunas que cumplan con todas las normas legales. 

También sostuvo que «tal vez suene agresivo decir que será obligatoria, ya que habría gente que se sienta amenazada» La solución están en informar a la mayor parte de la población a que adhiera a la vacunas contra el coronavirus.

Marco legal

Conforme surge de la ley 27.491, existe obligatoriedad de aplicarse las vacunas incluidas en el calendario nacional de vacunación. Si la del COVID-19 entra en el calendario, de manera indudable será obligatorio aplicársela. 

En ese orden de ideas, en principio, conforme lo establecido en los artículos 26, 55, 58 y 59 del Código Civil y Comercial y lo prescripto en la ley 26.529 y su reglamentación, toda persona competente puede disponer del propio cuerpo a través de un acto de voluntad, libre y revocable. 

A modo de conclusión

El hombre necesita crear su propia vida, para lo cual tiene facultades que le permiten elegir y decidir, es decir, autodeterminarse. Para hacerlo posee la razón, que le hace comprender la realidad, y posee la libertad para preferir entre las alternativas que la razón le propone. 

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